El uso obligatorio de la mascarilla es una realidad que ha entrado en vigor hoy mismo en Euskadi. Con ella llegan más restricciones, como la prohibición a jóvenes de juntarse en lonjas o locales, beber en la calle fuera de las terrazas, o limitar a 10 el número de personas que se pueden agrupar en locales hosteleros.
El incumplimiento de la medida relativa a la mascarilla acarreará 100 euros de multa, pero, ¿tenemos que llevarla puesta todo el rato? ¿También en los bares? ¿Y en las piscinas? ¿Y al hacer deporte? Resolvemos estas dudas con una serie de preguntas y respuestas.
🔵 Euskadi decreta el uso obligatorio de mascarilla en espacios de uso público ➡︎ https://t.co/jpCnI95Rzi
ℹ️ Orden con las nuevas medidas de contención ante la evolución epidemiológica del #COVID19 🔗 https://t.co/qIb3wMfYfA (PDF) pic.twitter.com/ZWvGmOherc— IrekiaEJGV (@Irekia) July 15, 2020
¿Si mantengo la distancia interpersonal debo llevarla?
Sí. Su uso es obligatorio independientemente de si se puede concurrir en un espacio con más personas y de si se puede respetar o no la distancia interpersonal.
¿Debemos llevarla puesta en lugares abiertos?
Sí. La obligatoriedad de su uso apela tanto a lugares abiertos como cerrados, por lo que da igual si circulamos por la vía pública o si estamos dentro de algún establecimiento o lugar.
¿Hay que usarla en los bares y restaurantes?
Sí. El único momento en el que se podrá prescindir de ella es en el momento en el que se realice la ingesta de alimentos o bebidas.
¿En las piscinas y playas se debe usar?
Durante el baño no, pero tanto en piscinas como en playas su uso es obligatorio en paseos y desplazamientos. Sin embargo, cuando se esté tumbadx en la toalla, y siempre y cuando se pueda garantizar la distancia de seguridad, se podrá prescindir de ella. Esta distancia no es necesaria en caso de tratarse de personas de la misma unidad convivencial.
¿Y al hacer deporte?
No hay más restricciones que las que había hasta ahora, por lo su uso no es necesario en casos de deporte individual y al aire libre (a no ser que no se pueda mantener la distancia de seguridad). Sin embargo, la consejera aconsejó su uso en entornos urbanos en los que se se crucen diferentes personas, por ejemplo al andar en bici o correr por la ciudad.
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