Aunque se han establecido los protocolos pertinentes a los tiempos que corren, no todo el mundo tienen claro que la vuelta al cole se vaya a dar con las garantías y previsiones necesarias. La incertidumbre y el miedo han hecho que muchas familias rechacen llevar a los niñxs al colegio hasta que no haya garantías de cero riesgo, pero la ley no ampara esta opción.
Según el articulo 226 del Código Penal, no llevar al colegio a niñxs mayores de 6 años puede conllevar desde multas, hasta penas de 3 a 6 meses de prisión. A partir de esa edad la educación es obligatoria, por lo que en caso de que las familias no lleven a sus hijxs al colegio estarían incumpliendo la ley.
Antes de esa edad no hay imposición alguna, por lo que en caso de decidir no llevarlxs al colegio, no habría problema legal de por medio. Esta obligatoriedad viene dada entre los 6 y los 16 años, por lo que en caso de comprender dichas edades y faltar al colegio se activaría un protocolo de absentismo escolar que, en el peor de los casos, podría suponer penas de prisión de hasta 6 meses.
La alternativa, educación en casa
Aunque en muchos otros países sea una realidad, nuestra legislación no comprende ningún tipo de regulación sobre la enseñanza en casa y al margen de los centros formativos.
La ley establece que entre los 6 y los 16 años la educación se debe ejercer en centros homologados para ello, pero no menciona nada de la enseñanza en casa. Esta modalidad no está regulada, por lo que estamos ante una especie de limbo educacional.
La realidad es que, aunque no sea completamente ilegal, en el momento en el que se falte continuamente al colegio se activará el previamente mencionado protocolo de absentismo escolar. Por todo esto, el único modo de que lxs hijxs reciban las clases de manera semipresencial o telemática dependerá del centro y de la comunidad autónoma en la que se encuentre, ya que la educación en el colegio es, sobre el papel, de carácter presencial.
Fotos: www.shutterstock.com