El Gobierno nacional aprobó este domingo, después de un Consejo de Ministros extraordinario, un nuevo estado de alarma cuya principal novedad es un toque de queda nocturno entre las 23:00 y las 6:00 en sus territorios. En esta ocasión, el estado excepcional podría alargarse hasta el próximo 9 de mayo, salvo que la situación epidemiológica mejorase hasta el punto en que pudiera derogarse antes.
¿Qué sanciones contempla el Gobierno?
El Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, que declara el estado de alarma para mitigar la propagación de infecciones causadas por el SARSCoV-2, establece que las infracciones a las normas pueden ser sancionadas aplicando distintos preceptos legales. Por un lado, los agentes podrían respaldar la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana. Esta norma sostiene que las infracciones muy graves se sancionarán con multas de 30.001 a 600.000 euros; las graves, de 601 a 30.000 euros; y las leves, con multa de 100 a 600 euros.
Se considera grave «la desobediencia o la resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de delito, así como la negativa a identificarse a requerimiento de la autoridad o de sus agentes o la negación de facilitar datos o aportación de datos falsos o inexactos en los procesos de identificación».
Por otro lado, se puede aplicar la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, que manifiesta que las infracciones leves acarrean multas de hasta 1.500 euros; las graves, entre 1.501 y 30.000 euros; y las muy graves de entre 30.001 y 600.000 euros.
Asimismo, también se podrán aplicar multas de 3.001 a 60.000 euros por «la realización de conductas u omisiones que puedan producir un riesgo o un daño grave para la salud de la población, cuando ésta no sea constitutiva de infracción muy grave» o de hasta 600.000 euros sin la infracción se considera «muy grave» o si el incumplimiento de la norma se produce de manera reiterada, según reza la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública,
Además, los agentes podrían multar en base a una circular interna del Ministerio del Interior que contempla sanciones a partir de 601 euros por desplazamiento no autorizado y de hasta 10.400 euros por participación en celebraciones y fiestas.
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