El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha rechazado la normativa por la cual se pretendían limitar los encuentro sociales a seis personas, tanto en lugares público como privados. Por lo tanto, esta medida no formará parte de la nueva orden del Departamento de Salud del Gobierno Vasco que se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV).
El Ejecutivo estaba a la espera de que el TSJPV validará esta medida para poder sumarla al resto de las acordadas y publicar así la orden en el BOPV. La respuesta del Tribunal, sin embargo, ha sido negativa al considerar que vulnera derechos fundamentales y que no tiene cobertura legal.
Esta era una de las medidas que se querían incluir por parte del Departamento de Salud del Gobierno vasco para frenar la alta incidencia del virus, pero tras el rechazo del TSJPV, quedará en recomendación y no en obligación. El resto de medidas que sí que entrarán en el BOPV son estas:
- Reducción de aforos al 50%. Esto afecta a a cualquier tipo de actividad o espacio, como por ejemplo a la hostelería (salvo terrazas) y eventos culturales o religiosos. Por otro lado, se contempla un máximo de asistencia para los eventos, fijado en 400 personas en caso de ser interior y 600 si se realiza en el exterior.
- Reducción horaria en la hostelería. Además de la mencionada limitación de aforo, los establecimientos hosteleros deberán cerrar a las 24:00h, una hora antes que hasta ahora. La actividad en txokos y sociedades queda prohibida.
- Suspensión de las competiciones de deporte no federado en Euskadi. Además, el horario de cierre de parques y jardines se establece a las 23:00.
Foto de portada: @irekia